Hace unas semanas tuve un desagradable incidente virtual en un conocido blog sobre negocios en internet. En uno de sus artículos se listaban alegremente una serie de técnicas y herramientas para conseguir el email de cualquier persona y ante un comentario mío en el sentido de que el uso de tales correos electrónicos exigía el cumplimiento de la LOPD (por ser un tratamiento de datos su mera recopilación) y la LSSI (por el posible envío de emails comerciales), se desencadenó una furiosa reacción del propietario del sitio que tras acusarme de querer vender "metiendo miedo" (como si no tuviera yo un blog donde se responde de forma gratuita cualquier duda sobre la materia) procedió a borrar alguno de los comentarios (y no sólo míos, sino también de algún otro profesional del asesoramiento en protección de datos) y a bloquearme en Twitter.
También unos días antes ante el anuncio de otro conocido “gurú” que iba a realizar un vídeo en directo con entrevistas a gente importante sobre el uso comercial de WhatsApp, le sugerí en un comentario que para una correcta información a profesionales y empresarios se debería incluir un apartado acerca del cumplimiento normativo y después de asegurarme que “por supuesto” … no dijo ni palabra.
Esto me llevó a publicar una nota sobre riesgo de caer en spam (y por tanto ser sancionado por ello) por el uso de determinadas herramientas.
Pero debido a la limitada repercusión que puede tener un post en cualquiera de mis modestos blogs, más importante me parece que un sitio tan reconocido como WWWhatsnew.com haya hecho un ejercicio de responsabilidad buscando informarse correctamente y publicando El uso de mensajería instantánea con clientes y la Ley de Protección de Datos, donde entre otras cosas se recomienda:
También unos días antes ante el anuncio de otro conocido “gurú” que iba a realizar un vídeo en directo con entrevistas a gente importante sobre el uso comercial de WhatsApp, le sugerí en un comentario que para una correcta información a profesionales y empresarios se debería incluir un apartado acerca del cumplimiento normativo y después de asegurarme que “por supuesto” … no dijo ni palabra.
Esto me llevó a publicar una nota sobre riesgo de caer en spam (y por tanto ser sancionado por ello) por el uso de determinadas herramientas.
Pero debido a la limitada repercusión que puede tener un post en cualquiera de mis modestos blogs, más importante me parece que un sitio tan reconocido como WWWhatsnew.com haya hecho un ejercicio de responsabilidad buscando informarse correctamente y publicando El uso de mensajería instantánea con clientes y la Ley de Protección de Datos, donde entre otras cosas se recomienda:
Obtener el consentimiento previo e informado del cliente para el uso de estas plataformas, incluyendo en los contratos una cláusula en la que ambas partes autoricen su utilización como canales de comunicación.Como supongo que nadie creerá que WWWhatsnew.com dice esto para vender nada "metiendo miedo", a ver si los "gurucillos" van aprendiendo o al menos se consigue que profesionales y empresarios no se fíen de esta gente, que si un día alguno de sus lectores tiene un encontronazo con la Agencia Española de Protección de Datos seguro que no se ofrecen voluntarios a pagar la correspondiente sanción.
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