Nota informativa de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD):
Se cumplen 10 años de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que nació con el objetivo de hacer frente a los riesgos que para los derechos de la personalidad pueden suponer el acopio, tratamiento y utilización de datos personales, y garantizar y proteger los derechos de los ciudadanos.
La actual Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de datos de carácter personal adaptó nuestro ordenamiento a lo dispuesto por la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, derogando a su vez la hasta entonces vigente LORTAD, Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del tratamiento automatizado de datos de carácter personal.
En esta andadura, se ha producido además la aprobación, en el año 2007, del Reglamento (1720/2007) de desarrollo de la LOPD, con el objetivo de lograr una mayor seguridad jurídica y conseguir una mayor claridad en la aplicación de la norma y a adaptar sus previsiones a la realidad existente en la actualidad.
En esta década de vigencia de la LOPD, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ejercido las funciones que la Ley le otorga para hacer frente a los riesgos que para los derechos de los ciudadanos puede suponer el acopio y tratamiento de datos personales, perseguir las conductas contrarias a la ley, y defender y tutelar los derechos de los ciudadanos. Asimismo, ha trabajado intensamente en el desarrollo de iniciativas de concienciación, información y simplificación del cumplimiento de la LOPD.
La respuesta a estas iniciativas, ha permitido constatar la tendencia de mayor conocimiento por los ciudadanos y más nivel de cumplimiento por parte de las empresas e instituciones. Muestra de ello son, al menos, el incremento de ficheros inscritos en el RGPD, que superaron en el año 2009 la cifra de 1.640.000, así como los incrementos progresivo producidos en las consultas y reclamaciones que los ciudadanos dirigen a la AEPD, y en los procedimientos tramitados por la AEPD, junto con los resultados de los últimos estudios demoscópicos, como el barómetro del CIS del pasado mes de septiembre.
Asimismo, esta labor se ha traducido en numerosas actividades divulgativas, como la elaboración de memorias anuales, estudios, planes sectoriales (donde analiza la incidencia de un determinado sector en la protección de datos), o la publicación de guías, que ofrecen herramientas de ayuda a particulares u organizaciones, públicas o privadas, para un adecuado cumplimiento de la legalidad vigente. El “Estudio sobre la privacidad de los datos personales y la seguridad de la información en las redes sociales online”, las “Recomendaciones a los usuarios de Internet”, y las Guías de “videovigilancia” y “Protección de datos en las relaciones laborales” son los ejemplos más recientes en este sentido.
Se cumplen 10 años de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que nació con el objetivo de hacer frente a los riesgos que para los derechos de la personalidad pueden suponer el acopio, tratamiento y utilización de datos personales, y garantizar y proteger los derechos de los ciudadanos.
La actual Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de datos de carácter personal adaptó nuestro ordenamiento a lo dispuesto por la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, derogando a su vez la hasta entonces vigente LORTAD, Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del tratamiento automatizado de datos de carácter personal.
En esta andadura, se ha producido además la aprobación, en el año 2007, del Reglamento (1720/2007) de desarrollo de la LOPD, con el objetivo de lograr una mayor seguridad jurídica y conseguir una mayor claridad en la aplicación de la norma y a adaptar sus previsiones a la realidad existente en la actualidad.
En esta década de vigencia de la LOPD, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ejercido las funciones que la Ley le otorga para hacer frente a los riesgos que para los derechos de los ciudadanos puede suponer el acopio y tratamiento de datos personales, perseguir las conductas contrarias a la ley, y defender y tutelar los derechos de los ciudadanos. Asimismo, ha trabajado intensamente en el desarrollo de iniciativas de concienciación, información y simplificación del cumplimiento de la LOPD.
La respuesta a estas iniciativas, ha permitido constatar la tendencia de mayor conocimiento por los ciudadanos y más nivel de cumplimiento por parte de las empresas e instituciones. Muestra de ello son, al menos, el incremento de ficheros inscritos en el RGPD, que superaron en el año 2009 la cifra de 1.640.000, así como los incrementos progresivo producidos en las consultas y reclamaciones que los ciudadanos dirigen a la AEPD, y en los procedimientos tramitados por la AEPD, junto con los resultados de los últimos estudios demoscópicos, como el barómetro del CIS del pasado mes de septiembre.
Asimismo, esta labor se ha traducido en numerosas actividades divulgativas, como la elaboración de memorias anuales, estudios, planes sectoriales (donde analiza la incidencia de un determinado sector en la protección de datos), o la publicación de guías, que ofrecen herramientas de ayuda a particulares u organizaciones, públicas o privadas, para un adecuado cumplimiento de la legalidad vigente. El “Estudio sobre la privacidad de los datos personales y la seguridad de la información en las redes sociales online”, las “Recomendaciones a los usuarios de Internet”, y las Guías de “videovigilancia” y “Protección de datos en las relaciones laborales” son los ejemplos más recientes en este sentido.
Ejemplo de autobombo Juan Palomo yo me lo guiso yo me lo como. Verguenza debería darles que esta sea probablemente la ley menos cumplida en España.
ResponderEliminarEstando de aucerdo con Fernando,pienso que lo más ético hubiera sido ayudar a las empresas a adecuarse a la Ley mediante información y subvenciones.
ResponderEliminarTras un período voluntario, mano dura contra los incumplidores con un ejército de inspectores!
Saludos desde Córdoba.
Efectivamente, es una ley poco cumplida y poco consultada por los usuarios. Demasiados trámites burocráticos....
ResponderEliminarCiertamente para la AEPD, si tuvieran conciencia, estarían abochornados por el escaso cumplimiento de la ley por parte del universo empresarial. Así, juegan con datos estadísticos de segunda fila ( nº de ficheros inscritos en el 2009 respecto del anterior), cuando si vemos el dato realmente importante, es el general de empresas y autónomos - que no cumplen - pues en porcentaje supera aún el 75%, y después de 10 largos años, es realmente penoso e insostenible. Simplemente, si hubiese voluntad, para la presentación de la declaración del impuestos de sociedades o el I.R.P.F. a "todos"; es la exigencia de aportar la documentación del alta en el RGPD, ello sería más que suficiente, para propiciar las inscripciones e implantaciones masivas.
ResponderEliminarAnte una falta de cultura, si de verdad, se considera, un derecho fundamental, con una buena campaña institucional en prensa, radio y televisión, se daría un impulso definitivo.
En realidad, no existe voluntad política ni de la propia agencia por corregir el grave asunto. Estoy con el anónimo de Córdoba, la solución es establecer un régimen de disposición final de un año, por ejemplo, con ayudas y subvenciones para la adecuación y expirado el tiempo, dar toda la caña posible, contra todos, sin excepciones para evitar agravios comparativos.